Permiso de Reunificación Familiar

Desde el 12 de febrero del 2022 ya no se puede realizar cambio de estatus migratorio sino solo por reunificación familiar y protección del núcleo familiar. ¿Quienes SÍ pueden hacer cambio de estatus migratorio dentro de Chile?


Reunificación familiar: Aquellos que tengan vínculo directo (cónyuge o conviviente; padre o madre; hijo menor de edad) con un chileno o extranjero titular de Residencia Definitiva.



Protección del núcleo familiar
: Aquellos que tengan vínculo directo (cónyuge o conviviente; hijo menor de edad) con un extranjero titular de residencia temporaria vigente.

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